Argentina tiene su ley de Generación Distribuida


Con el ok del Senado, se aprobó la iniciativa que permitirá a usuarios residenciales y del sector privado generar su propia energía renovable y vender el excedente a la red. La normativa había surgido en Diputados de una puesta en común de diferentes proyectos.

En lo que fue la última sesión del año, por unanimidad, la Cámara de Senadores de la Nación convirtió en ley el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable. Conocida como ley de "Generación Distribuida", la iniciativa aspira a mejorar la capacidad del sistema energético permitiendo la independencia de los grandes generadores.

Así, prevé habilitar a los usuarios residenciales y pymes a generar su propia energía renovable e inyectar y vender el excedente que produzcan en la red de distribución.

Un "sí, quiero" consensuado
"Este proyecto se acordó el año pasado, pero faltaba más involucramiento del Ministerio de Energía, que recién este año pudo abocarse ya que durante 2016 estuvo muy ocupado con el programa Renovar. Ahora incluso conseguimos un acuerdo con las distribuidoras y con las autoridades de las distintas provincias, que son fundamentales", expresó Juan Carlos Villalonga, Diputados por Cambiemos.

La normativa ya contaba con media sesión de Diputados, que en septiembre le dio luz verde con 159 votos a favor y tres en contra. El texto surgió de la negociación de diversos bloques de la Cámara baja y es una fusión de cinco proyectos diferentes presentados por los diputados Nicolás Tomassi (Bloque Justicialista), Juan Carlos Villalonga (Cambiemos), Luis María Bardeggia (PJ- FpV), Jorge Taboada (Chubut somos todos) y Gustavo Bevilacqua (UNA), entre otros.

Ayer, la Cámara alta le dio el visto bueno tal cual salió de Diputados con sus 41 artículos a través de los cuales se fijan las políticas y se establecen "las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución".

Es decir, que cualquier usuario produzca su propia electricidad a partir de cualquiera de las fuentes renovables, y en el caso de que genere más cantidad de energía de la que consume, le venda ese excedente a la distribuidora.

La clave está en diversificar
De esta forma, el nuevo sistema permitirá que se genere electricidad a escala individual, en el mismo lugar donde está la demanda. El límite de generación es de 300 KW de potencia e incluye fuentes de la energía de lo más variadas: podrá ser eólica, solar térmica, solar fotovoltaica, geotérmica, mareomotriz, undimotriz, de las corrientes marinas, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, biogás y biocombustibles.

“Debemos tener en cuenta la obtención de energía eléctrica a partir de fuentes alternativas renovables para ayudar en parte a solucionar los inconvenientes anteriores, sin que las futuras generaciones corran riesgos de desabastecimiento”, apuntó Julio Cobos, Senador por la UCR.

Además, se instalará un medidor eléctrico dual —o uno extra al ya instalado— para registrar cuánta energía se consume y cuánta se inyecta a la red.

Para escalar el impacto de ahora en adelante, la nueva ley prevé que, a partir de su reglamentación, cualquier proyecto de construcción de edificios públicos "deberá contemplar la utilización de algún sistema de generación distribuida proveniente de fuentes renovables".

Volver atractiva la apuesta
Para las personas jurídicas se contemplan, además, beneficios fiscales. También será posible la instalación por parte de consorcios de propiedad horizontal. En el dictamen se establece, asimismo, “la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución”.

"La clave está en el decreto reglamentario. Si el estímulo que se hace en el decreto reglamentario en términos de financiamiento e inversión incial es el adecuado, va a ser un instrumento poderoso", reflexionó Marcelo Álvarez, presidente de la Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) CADER.

En este sentido, las políticas de incentivos serán implementadas a través del Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS), creado a través del artículo 16. Para dar el puntapié inicial a su tarea, el Tesoro Nacional le destinará en el primer año un monto de $500 millones de pesos.

De esta manera, el FODIS podrá ofrecer préstamos, bonificar o subsidiar la tasa de interés de créditos, otorgar incentivos a la inyección o bonificaciones a la adquisición de sistemas de generación, o incluso financiar la difusión, investigación y desarrollo relacionadas a las posibles aplicaciones de este tipo de tecnologías.

En la legislación también se contempló la creación de un régimen especial de fomento. El mismo apunta a estimular las actividades de investigación, diseño, desarrollo, inversión en bienes de capital, producción, certificación y servicios de instalación para la generación distribuida.

Esta ley podría dar un gran impulso a las energías renovables y ayudar a alcanzar la meta del 20% fijada para el 2025. Además, va camino a lo que pasa en otros países, donde hay cada vez más autogeneración de energías renovables, independizando a los usuarios de de los grandes generadores de energía. Esta modalidad permite que la distribución de electricidad se lleve a cabo de forma más equilibrada y que una ciudad no dependa tanto de las grandes centrales.

“Nuestro país atraviesa una grave crisis energética, lo que plantea la necesidad de realizar un vuelco hacia una matriz energética diversificada para lo cual Argentina tiene amplias posibilidades”, disparó Cobos.

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